Conoce el convenio colectivo de la mediación de seguros

El día 27 de noviembre del 2019 se firmó el Convenio Colectivo 2019-2022 de Mediación de Seguros Privados, que fue suscrito por los sindicatos participantes. Dicho convenio se encuentra regulado en la Resolución del 23 de diciembre del año 2019, de la Dirección General de Trabajo.

Las negociaciones de dicho Convenio Colectivo se iniciaron con antelación a la fecha de su firma, pero la firma se pospuso para poder abordar algunas cuestiones que no se encontraban bien detalladas.

El comienzo del convenio colectivo de la mediación de seguros

Aunque hasta el 27 de noviembre de 2019 no se firmó el Convenio Colectivo de la mediación de seguros, tuvo carácter retroactivo desde el 1 de enero. Registrándose las tablas salariales desde 2019 al 2022.

En el Convenio Colectivo de la mediación de seguros se establecieron una serie de puntos, los cuales deberán seguirse por el sector de mediación de seguros y que, a continuación, pasaremos a detallar para conocer el contenido del mismo.

Los puntos claves del convenio colectivo mediadores de seguros

En primer lugar, es importante conocer que la vigencia de dicho Convenio es de cuatro años; desde el día 1 de enero del 2019, hasta el día 31 de diciembre del 2022.

Los salarios de los mediadores de seguros no podrán estar, en ningún caso, por debajo de los 14000 euros anuales, debiéndose dar un incremento fijo del mismo del 1,75% sucesivamente cada año. Para conseguir dicho aumento, ha sido necesario actualizar tanto el PAE, como el CPR y Plus funcional.

La jornada laboral de los mediadores de seguros también ha experimentado una serie de modificaciones, pues con el nuevo Convenio Colectivo que se encuentra todavía en vigor, pasó a ser de 1728 horas anuales, lo que ha supuesto con respecto al Convenio Colectivo anterior a la vigencia del presente Convenio, una reducción de 8 horas anuales. Además, el periodo de vacaciones de cada trabajador será de un día más al año con respecto al Convenio anterior, contando, entonces, los empleados del sector de mediación de seguros con 24 días de vacaciones al año. Si bien, en el caso de que se produzca el fallecimiento de algún familiar, dicho periodo se incrementará en un día adicional.

tablas salariales convenio seguros y reaseguros 2021

En el caso de empleados que deban, para el desarrollo de su actividad, realizar algún viaje o simular, será la empresa quien asuma el gasto de las dietas, las cuales se han modificado con respecto al Convenio anterior, debiendo, también, asumir el gasto de locomoción y compensación de comida la empresa. Más adelante expondremos las modificaciones en lo que respecta a las dietas según el Convenio Colectivo en vigor.

Como consecuencia del aumento de la digitalización que se está produciendo en el sector seguros y, sobre todo, desde la llegada de la pandemia, el Convenio también ha dado la posibilidad de incorporar el teletrabajo a las vidas de los mediadores de seguros. Otras de las consecuencias del aumento de la digitalización en el sector ha sido la incorporación de sistemas que permitan conocer las horas que cada empleado trabaja mediante el registro de las jornadas de cada cual, reconociendo, además, el derecho a la conexión digital de todos los trabajadores del sector de la mediación de seguros. Este tipo de incorporaciones suponen una gran innovación para el sector de la mediación, adaptándose al momento social en el que nos encontramos a día de hoy.

Otra de las novedades que se pueden apreciar en el Convenio Colectivo 2019-2022 de mediación de seguros es la actualización de los capitales de los seguros de vida, el cual se ha visto incrementado, situándose con el nuevo Convenio en 22000 euros, pudiendo ser de 44000 euros en los casos en los que hubieran producido o bien, la muerte de del tomador del seguro, o bien, la incapacidad del mismo como consecuencia de un accidente laboral.

Es importante mencionar la introducción de una ayuda a la vivienda para aquellos mediadores de seguros que deban trasladar su residencia. Dicha ayuda mencionada será de 250 euros al año. Sin embargo, la ayuda podrá ser de hasta 300 euros anuales en caso de que el traslado se produzca a las ciudades de Ceuta, Melilla, las islas Baleares, Canarias o aquellas poblaciones que cuenten con más de un millón de habitantes.

Asimismo, se añaden ayudas para quienes hubieran sufrido violencia de género. Dichas ayudas consistirán en la dotación de anticipos de hasta 4 mensualidades.

Por último, para poder adecuar el sector a la realidad social que se vive hoy en día, se ha creado una Comisión para ello, así como una comisión de previsión social cuyo objetivo será negociar la aportación definitiva para quienes se hubieran jubilado dentro del sector de mediación de seguros.

Tablas salariales del convenio seguros y reaseguros 2021

Ya hemos mencionado en los puntos a saber sobre el Convenio Colectivo de Mediación de Seguros que se ha producido una subida salarial de un 1,75% fijo. Dicha subida tendrá efectos a partir del día 1 de enero del año en curso en función de la subida de la variación del índice de precios de consumo del año pasado, que se denomina IPC y se sitúa en el 6,5%.

Dicha subida tiene efectos retroactivos y se producirá mediante la revisión de una serie de puntos o cuestiones que se mencionan a continuación:

  • En primer lugar, el complemento por experiencia.
  • En segundo lugar, la tabla salarial de sueldos base, la cual atenderá, además, al nivel retributivo del personal del sector.
  • En tercero lugar, el plus que se obtendrá por residencia.
  • En cuarto lugar, las citadas ayudas a la vivienda en caso de traslado de la residencia, la cual será de 250 o 300 euros según el caso.
  • Y, por último, los complementos por compensación por primas y de adaptación individualizado.

Además de tener en cuenta la variación del IPC para llevar a cabo esta subida salarial, se han tenido en cuenta otros factores tales como el precio de los carburantes, el índice los hoteles durante el año anterior y el índice de restauración también atendiendo a dicho año.

Como consecuencia de lo descrito, a partir del día 1 de enero de este año y con efecto retroactivo, habrá que considerar los siguientes importes:

  • Las primas serán de 113,63 euros.
  • El precio por kilómetro recorrido se situará en 0,43 euros.
  • La compensación por las comidas diarias para quienes tengan jornada partida será de 11,10 euros.
  • Y las dietas medias serán de 20,71 euros.

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